Para que municipios entre sí o con el Gobierno del Estado accedan a créditos fiscales, el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a través de las cuales el Legislativo permitirá o no la contratación de los mismos.
El texto avalado también por las diputadas de oposición, señala que esta determinación es para potenciar los recursos con que cuentan las autoridades municipales y el Estado para impulsar el desarrollo de obras, acciones sociales básicas e inversiones en beneficio de sectores de la población que se encuentren en pobreza extrema y localidades con alto o muy alto nivel de rezago social.
En este sentido, el Congreso del Estado será la instancia que autorizará o no la solicitud que hagan al menos dos municipios o con el mismo gobierno local, diversos esquemas de financiamiento que determinen los montos máximos de endeudamiento para cada municipio, la afectación en fuente de pago, en garantía o ambas, de las participaciones federales, aportaciones federales y/o cualquier derecho o ingreso que les correspondan, susceptibles de afectarse de conformidad a la legislación aplicable.
Además, el texto señala que deberá puntualizarse el mecanismo a través del cual se realicen dichos esquemas y, en su caso, la captación y afectación de tales conceptos, con la finalidad de que los municipios que así lo deseen puedan incorporarse o adherirse al esquema autorizado con la aprobación de sus respectivos ayuntamientos.
Especifica que el refinanciamiento o reestructuración podrá realizarse sin autorización del Congreso local, siempre y cuando no se amplíe el plazo de vencimiento original de los financiamientos respectivos, no se otorgue plazo o periodo de gracia, ni se modifique el perfil de amortizaciones del principal del financiamiento durante el periodo de la administración en curso, ni durante la totalidad del periodo del financiamiento.
Explica que, además, dentro de los 15 días naturales siguientes a la celebración de ese hecho, la entidad pública deberá informar al Congreso sobre la celebración de este tipo de operaciones, así como presentar la solicitud de inscripción de dicho refinanciamiento o reestructuración ante el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.




