Dora Delia Hernández Roldán y Alejandra Flores Cosetl, de la Secretaría de Gobierno de Tlaxcala; Luz María Vázquez Ávila, exsecretaria de Movilidad y Transporte del Estado; y Paola Sosa Vargas, de la Secretaría de Seguridad Ciudadana, serán magistradas del Poder Judicial local tras haber sido funcionarias en la administración de la gobernadora morenista Lorena Cuéllar.
En la elección judicial, Tlaxcala votó por 3 magistraturas del Tribunal de Disciplina Judicial; 4 magistraturas del Tribunal Superior de Justicia; 3 magistraturas del Tribunal de Justicia Administrativa; y 3 magistraturas del Tribunal de Conciliación y Arbitraje.
Además de magistraturas que lograron conservar su cargo, ahora mediante el voto popular, los tribunales del Poder Judicial de Tlaxcala también estarán conformados por integrantes del Consejo de la Judicatura (CJE), del Congreso estatal y con familiares en la función pública.
El Tribunal de Disciplina Judicial del Estado se integrará por 3 personas, magistradas y magistrados. Se trata de 2 mujeres y un hombre.
“Cada 2 años se renovará la presidencia del tribunal de manera rotatoria en función del número de votos que obtenga cada candidatura en la elección respectiva, correspondiendo la presidencia a quienes alcancen mayor votación”, establece el artículo 85 Ter constitucional.
Con 50 mil 480 votos, la presidencia le corresponde a Violeta Fernández Vázquez, quien se desempeñaba como representante de los jueces ante el CJE.
El único hombre será Juan Pablo Tena Ochoa, quien desde el 15 de enero de 2025 fue nombrado titular de la Dirección Jurídica en el Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala. Obtuvo 29 mil 494 votos.
Finalmente, con 43 mil 329 votos, Dora Delia Hernández Roldán será magistrada. Se desempeñó como titular de la Dirección de Notarías y Registros Públicos desde el 17 de julio de 2024, dentro de la Secretaría de Gobierno que forma parte del gabinete de Lorena Cuéllar.
Al igual que el Tribunal de Disciplina Judicial, la presidencia del Tribunal Superior de Justicia se renovará cada dos años de manera rotatoria en función del número de votos, correspondiendo la presidencia a quien alcance mayor votación, según el artículo 79 constitucional.




