Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala emite recomendación a alcalde de Huamantla por muerte de persona en separos

Por la muerte de una persona al interior de los centros de detención municipal de Huamantla, la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Tlaxcala (CEDHT) emitió la recomendación 06/2025, dirigida al presidente municipalSalvador Santos Cedillo, por la violación al derecho humano a la vida, a la integridad y seguridad personal de una víctima directa.

De acuerdo con el documento, las autoridades responsables son elementos de la policía de la Dirección de Seguridad Pública, Tránsito y Protección Civil Municipal y se deriva del expediente HUAM/27/2023/SVG-RN.

Por tal motivo, la CEDHT recomendó a la autoridad municipal que se otorgue a víctima indirecta la reparación del daño de manera integral, comprendiendo el aspecto económico, psicológico y tanatológico al que tiene derecho.

Asimismo, instruir a la instancia correspondiente el inicio de procedimiento sancionador de responsabilidad administrativa, en conformidad con las disposiciones relativas al régimen disciplinario.

También, recomendó que se instruya a quien corresponda para que genere un curso integral de educación, formación y capacitación para los elementos de la policía, médico legista y funcionarios públicos adscritos a la Dirección, en materia de aproximación a los derechos humanos y obligaciones y deberes del estado, debiendo realizar acciones y adoptar medidas para prevenir hechos como los investigados, en el área de detención preventiva municipal.

La recomendación también pide el reconocimiento de los actos violatorios por parte del presidente municipal de Huamantla, condenando dichos actos cometidos, en el que deberá establecer el compromiso de la no repetición, cumpliendo la presente recomendación, la cual deberá difundirse a través de los medios de comunicación oficiales de dicho ayuntamiento.

Además, pidió a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas realizar el registro correspondiente de la víctima directa y la indirecta para que adquieran la calidad de víctimas.

La autoridad recomendada deberá dar una respuesta de aceptación o no aceptación de la recomendación, dentro de los quince días hábiles siguientes a su notificación.

En caso de no aceptar la recomendación, la autoridad deberá fundar, motivar y hacer pública su negativa, para lo cual el Congreso del Estado podrá llamar, a solicitud de este organismo, a las autoridades responsables para su comparecencia.

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Redacción
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