La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) tumbó este lunes el tope legal que reducía los montos para contrataciones públicas de los municipios en Tlaxcala, al determinar que afectaban su autonomía y libre administración hacendaria.
Por mayoría de 6 votos contra 3, el Pleno aprobó el proyecto de la ministra Yasmín Esquivel Mossa que invalidó porciones de los artículos 139, séptimo párrafo y 140, fracciones I y II, del Presupuesto de Egresos del Estado de Tlaxcala para 2026, que fueron impugnados en la controversia constitucional 42/2026 promovida por el municipio de Contla de Juan Cuamatzi.
Las normas obligaban a los municipios y otros entes públicos a aplicar límites de contratación equivalentes a sólo el 20% de los montos generales previstos en la ley.
“Dichas porciones normativas reducen de manera rígida y diferenciada los umbrales de contratación aplicables al municipio actor, obligándole a acudir a procedimientos de mayor concurrencia y control desde cuantías inferiores a las previstas de manera general, lo que incide indebidamente en la forma en que ejerce directamente los recursos que integran su hacienda y programa operativo de gasto, en contravención con la autonomía hacendaria y presupuestaria municipal reconocida en el artículo 115, fracción IV, de la Constitución Federal”, expuso la jueza constitucional.
También destacó que las leyes estatales de adquisiciones y obra pública no establecen esos límites para los municipios y que éstos ya están sujetos a controles de fiscalización y rendición de cuentas por parte del Congreso local y del Órgano de Fiscalización Superior.
La togada advirtió que las limitaciones indebidas a las capacidades de contratación, gasto y operación de los municipios podrían impactar directamente en la prestación de servicios públicos y, en consecuencia, en la calidad de vida de la población.
Los ministros que votaron en contra fueron Lenia Batres Guadarrama, Giovanni Figueroa Mejía y Arístides Guerrero García.




