El pleno del Congreso local aprobó una serie de reformas y adiciones a la Ley del Notariado para el estado de Tlaxcala, con las que se busca fortalecer la protección, supervisión y calidad en la prestación de los servicios notariales.
La propuesta, la enésima enviada por la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros, fue respaldada sin objeción por los integrantes de la LXV Legislatura local, al considerar que las modificaciones representan un avance para garantizar la autenticidad, legalidad y seguridad jurídica de los actos celebrados ante fe pública.
Uno de los cambios más visibles es la reducción de la edad mínima para obtener una patente notarial. Mientras la legislación vigente exige 33 años cumplidos al momento de la solicitud, el nuevo ordenamiento fija el requisito en 30 años, bajo el argumento de abrir camino a perfiles más jóvenes sin eliminar criterios de profesionalización.
Además, se establece como obligación del notario concluir todos los trámites realizados ante su fe, reforzando el principio de continuidad en la función delegada por el Estado.
Las reformas también precisan la integración del protocolo notarial, definiéndolo como el conjunto de documentos formado por el protocolo ordinario y especial, el libro de registro de cotejos, sus apéndices, el protocolo digital y sus respectivos índices. Con ello, se busca eliminar ambigüedades sobre el alcance y delimitación de los archivos que deben permanecer bajo resguardo estricto del fedatario.
En este punto, el artículo 77 fue modificado para reforzar la responsabilidad administrativa de los notarios en la conservación, custodia y protección de los folios y libros que integran el protocolo. En caso de pérdida, robo o extravío, el notario o su personal deberán notificar a las autoridades competentes en un plazo máximo de 48 horas y levantar un acta circunstanciada ante el Ministerio Público.
Asimismo, fijaron en la norma que se prohíbe copiar, fotografiar o reproducir el contenido del protocolo por cualquier medio, salvo mandato judicial o inspección autorizada.
En materia de redacción y técnica documental, establecieron el uso obligatorio de tipografía mínima de ocho puntos y la inutilización de espacios en blanco mediante líneas de tinta, con un margen no mayor a diez centímetros después de firmas y sellos. Los diputados señalaron que esta medida inhibe alteraciones o manipulaciones posteriores.
Además, ampliaron las facultades de la Dirección de Notarías con la creación del artículo 198 bis, al facultarla para retener cualquier instrumento que se presuma apócrifo o alterado y denunciarlo ante la Fiscalía General de Justicia del Estado. De manera paralela, se robustecieron las reglas para inspecciones ordinarias, extraordinarias y especiales. Las primeras deberán realizarse al menos una vez al año, mientras que las extraordinarias podrán ser efectuadas sin aviso previo y “si durante una inspección se detectan indicios de delito, la autoridad deberá dar vista inmediata al Ministerio Público.
Otros ajustes incluyen nuevas reglas sobre suplencia notarial, procedimientos de queja, régimen sancionador y mecanismos alternativos de solución de controversias.
El dictamen fue aprobado con el argumento de que la reforma coloca a Tlaxcala en un modelo de notariado más moderno, transparente y alineado con las necesidades contemporáneas de la ciudadanía. Según la exposición de motivos del Ejecutivo, la actualización del marco jurídico responde a los retos tecnológicos, de digitalización y de combate a la corrupción que enfrenta hoy la función notarial.




