Con el argumento de fortalecer la transparencia, la democracia interna y la integridad de la vida sindical, la bancada del Partido Nueva Alianza (Panal) presentó ante el pleno del Congreso local una iniciativa para sancionar a quienes condicionen el voto de los trabajadores a favor de una planilla, dirigencia o corriente sindical determinada.
La propuesta plantea una adición a la Ley Laboral de los Servidores Públicos del Estado de Tlaxcala y sus Municipios, con el objetivo de garantizar que la representación sindical emane exclusivamente de la voluntad libre de las bases y no de presiones políticas, administrativas o jerárquicas que históricamente han contaminado los procesos internos de los sindicatos del sector público.
Durante la sesión ordinaria, los diputados Engracia Morales Delgado y Bladimir Zainos Flores, dieron lectura a la iniciativa, en la que se advierte que la reforma busca separar de manera efectiva el poder político de las organizaciones sindicales, para impedir cualquier forma de injerencia en su constitución, funcionamiento, administración y, particularmente, en sus procesos electorales.
“La libertad sindical es condición indispensable para el fortalecimiento de los derechos laborales, la profesionalización del servicio público y la legitimidad de las dirigencias sindicales”, señalaron, al subrayar que cuando los sindicatos son sometidos al control político, se desnaturaliza su función y se vulnera el derecho de los trabajadores a decidir sin miedo ni condicionamientos.
La iniciativa, turnada a comisiones para su análisis y dictaminación, propone adicionar el artículo 50 Bis a la legislación laboral estatal, con el fin de establecer una protección expresa contra todo acto de injerencia sindical por parte de personas servidoras públicas, ya sea en activo o con capacidad de decisión administrativa.
De aprobarse la reforma, cualquier contravención a estas disposiciones será considerada falta administrativa grave, sancionable conforme a la Ley General de Responsabilidades Administrativas, lo que implica desde sanciones económicas hasta la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
El proyecto define como actos de injerencia sindical, entre otros, coaccionar, inducir o amenazar a personas trabajadoras o agremiadas para participar o abstenerse de hacerlo, en campañas sindicales; presionarlas para votar por una planilla o dirigente específico; o ejercer intimidación jerárquica para forzar expresiones públicas de apoyo o rechazo a determinadas candidaturas.
También se consideran conductas sancionables obligar o condicionar la asistencia a mítines o reuniones sindicales con fines de proselitismo, así como supeditar la prestación de servicios institucionales, licencias, permisos laborales o apoyos administrativos a la emisión del voto sindical.
A ello se suma la prohibición de ofrecer beneficios laborales, ascensos, estímulos o promociones a cambio de respaldo político; negar derechos, capacitaciones, bonos o reconocimientos como represalia; o utilizar recursos públicos, programas institucionales, bienes o personal para favorecer o perjudicar a una planilla, corriente o dirigencia sindical.




